El Gobierno Nacional oficializó la reglamentación del Régimen Penal Tributario y de Procedimiento Tributario, bajo el concepto de “Inocencia Fiscal”. La medida busca desmantelar la presión burocrática sobre el contribuyente y fomentar el ingreso de capitales no declarados al sistema formal, al garantizar que el origen de los fondos no será objeto de persecución penal bajo ciertas condiciones.
Los puntos centrales de la reforma:
-Nuevos umbrales de evasión: se elevaron drásticamente los montos para que un incumplimiento sea considerado delito. La evasión simple pasó de $1,5 millones a $100 millones, mientras que la agravada subió de $15 millones a $1.000 millones.
-Fin de la causa penal por pago: evadir ya no implicará necesariamente una condena. Si el contribuyente es notificado y cancela la deuda, la acción penal se extingue automáticamente.
-Menor tiempo de investigación: el plazo de prescripción se redujo de 5 a 3 años. Esto garantiza que quienes se adhieran al régimen este año no podrán ser investigados después de 2029.
Desde ARCA señalaron que la norma busca "devolver la libertad a los argentinos". Entre los beneficios operativos, se destaca la "Presunción de Exactitud". Es decir que la agencia aceptará las declaraciones juradas simplificadas como correctas de antemano, limitando las inspecciones a casos excepcionales de discrepancias graves.